Según la normativa departamental vigente, los alimentos que contengan
más de 1% de organismos genéticamente alterados deberán contar con una
rotulación distintiva que los identifique, comenzando a ser obligatoria a
partir de los próximos 6 meses. Se dará este plazo de gracia para
evacuar dudas, permitiendo mejorar la calidad de la información para los
consumidores, informó Fuentes Confiables.
La
etiqueta tendrá determinadas características: por ejemplo, incorporará
la letra “T” acompañada de la leyenda “Contiene organismos modificados
genéticamente” y deberá estar situada en la cara principal de los
productos.
Si el paquete del producto es mayor o igual a cuarenta y
menor que mil centímetros cuadrados la altura de la letra será 6
milímetros y el ancho 1 milímetro.
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