Poco duró la celebración de los colombianos con el fallo de la Corte
Constitucional el 18 de julio en relación con las fumigaciones aéreas
con glifosato en el país. Lo que al principio parecía una ratificación
de la sentencia T-236 de 2017, que impuso condicionamientos para poder
reanudarlas, después de haber sido suspendidas en 2015, terminó siendo
en esencia una aclaración del sexto punto, en el cual se establecía
que el Gobierno debía demostrar con evidencia científica, objetiva y
concluyente la "ausencia de daño" que tenían las fumigaciones aéreas
para la salud humana y el medio ambiente.
Los mensajes del
presidente Duque para que los jueces “modularan” sus fallos
anteriores, surtieron efecto y el nuevo veredicto, aclaró que esas
condiciones "no son absolutas" y que la evidencia científica no
equivale a demostrar que existe certeza absoluta sobre la ausencia del
daño, ni equivale a demostrar que la ausencia de daño es absoluta, o
que “la actividad no plantea ningún riesgo absoluto".
Ahora el
gobierno a través del Consejo Nacional de Estupefacientes controlado
por varios de sus ministros, solo deberá demostrar que posee planes de
fumigación que minimizan los daños. En conclusión, el fallo le
concede la razón al gobierno y no a millones de campesinos. El
“riguroso” plan de Duque es elemental; arrancar las plantas de coca,
rociar el glifosato a mano, más la fumigación aérea “renovada”.
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