En memoria de Eugenio Bermejillo, fundador de la CNSMNHP, luchador incansable por la biodiversidad y derechos indígenas
Las acciones colectivas entraron tarde a México, hasta 2012, mientras que en otras partes del mundo se desarrollaron desde hace 40 años, con su aplicación temprana en Estados Unidos, y durante los años 80 en Brasil y Colombia.
La reforma que incorporó las acciones colectivas en la Constitución Mexicana partió de la exigencia civil debido a la indefensión individual para la protección de derechos colectivos y difusos, con énfasis en materia de preservación del medioambiente y los derechos de personas usuarias y consumidoras.
Desde nuestra colectividad demandante contra el maíz Genéticamente Modificado (GM), aprovechamos esa coyuntura y en julio de 2013, 53 personas y 20 organizaciones campesinas, indígenas, académicas, científicas, artísticas, de consumo y gastronomía, interpusimos una demanda colectiva de acción difusa, solicitando NO una compensación económica, sino que los tribunales federales declaren que la liberación o siembra de maíces transgénicos afectará irreversiblemente la diversidad biológica de los maíces nativos de las generaciones actuales y futuras; así como los derechos a la alimentación y a la salud.
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