sábado, 26 de marzo de 2022

Demanda Colectiva Maíz: ejemplo de resistencia y dignidad

Mercedes López Martínez Representante de la Colectividad Demandante contra el Maíz Genéticamente Modificado David Rivero Fragoso Integrante de la Colectividad Demandante contra el Maíz Genéticamente Modificado

En memoria de Eugenio Bermejillo, fundador de la CNSMNHP, luchador incansable por la biodiversidad y derechos indígenas

Las acciones colectivas entraron tarde a México, hasta 2012, mientras que en otras partes del mundo se desarrollaron desde hace 40 años, con su aplicación temprana en Estados Unidos, y durante los años 80 en Brasil y Colombia.

La reforma que incorporó las acciones colectivas en la Constitución Mexicana partió de la exigencia civil debido a la indefensión individual para la protección de derechos colectivos y difusos, con énfasis en materia de preservación del medioambiente y los derechos de personas usuarias y consumidoras.

Desde nuestra colectividad demandante contra el maíz Genéticamente Modificado (GM), aprovechamos esa coyuntura y en julio de 2013, 53 personas y 20 organizaciones campesinas, indígenas, académicas, científicas, artísticas, de consumo y gastronomía, interpusimos una demanda colectiva de acción difusa, solicitando NO una compensación económica, sino que los tribunales federales declaren que la liberación o siembra de maíces transgénicos afectará irreversiblemente la diversidad biológica de los maíces nativos de las generaciones actuales y futuras; así como los derechos a la alimentación y a la salud.

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Más:

https://www.jornada.com.mx/2022/03/19/delcampo/articulos/demanda-colectiva-maiz.html

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