jueves, 13 de abril de 2017

El pedido de suspensión de la Soja Intacta de Monsanto en la Argentina llega a la Corte Suprema de Justicia de la Nación

"Es palmaria la violación del orden público ambiental cuando se omite la participación ciudadana en el proceso administrativo de aprobación de semillas transgénicas para ser liberadas al ambiente, atento a la afectación de los derechos de incidencia colectiva. A ello se suma, la violación manifiesta al principio de no regresión ambiental de la Resolución 318/13 del Ministerio de Agricultura de la Nación".
A fines de Marzo de 2017, la Sala III de la Cámara Federal Contencioso Administrativo Federal no hizo lugar al pedido de medida cautelar realizada por Naturaleza de Derechos, por el cual se solicitaba que se exhortara al Estado Nacional a que se abstenga de emitir autorizaciones de semillas transgénicas, sin la previa convocatoria a audiencias públicas. También la solicitud cautelar comprendía la suspensión de la comercialización de la Soja Intacta de Monsanto -aprobada en el mes de Agosto de 2012 - y de la Resolución 318/13 del Ministerio de Agricultura de la Nación que suprimió una fase de evaluación ambiental de las semillas transgénicas, cuando apilan evento de transformación genética ya aprobados con anterioridad.
Ante la decisión judicial adversa, Naturaleza de Derechos interpuso recurso extraordinario y llevo el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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