García Tejerina defiende las "ventajas" de la biotecnología aplicada a la agricultura y dice que la UE no puede quedar atrás
LUXEMBURGO, 12 Jun. (EUROPA PRESS) -
Los ministros de Medio Ambiente de la UE han aprobado este jueves, tras cuatro años de debates, la norma que da libertad a los Estados miembros para prohibir en su territorio el cultivo de transgénicos autorizados por la UE,
invocando razones como el impacto socioeconómico, el orden público, la
gestión del territorio o motivos de política medioambiental y agrícola.
Un total de 26 Estados miembros, entre ellos España, han votado a
favor. Sólo Bélgica y Luxemburgo se han abstenido. La directiva todavía
debe ser acordada con la Eurocámara.El objetivo de la nueva norma es desbloquear los procedimientos de autorización de nuevos cultivos transgénicos en la UE, que llevan años paralizados porque los Estados miembros no logran mayorías suficientes ni para vetarlos ni para aprobarlos, lo que obliga a la Comisión a asumir la decisión final. Bruselas espera que, al dar libertad a cada país para cultivar o no, las aprobaciones de organismos genéticamente modificados (OGM) se desatasquen.
En la actualidad ya se cultiva en la UE un maíz transgénico (MON 810) autorizado en 1998 en una superficie de 150.000 hectáreas. El 90% se concentran en España (137.000), pero también está presente en Portugal, República Checa, Rumanía y Eslovaquia. En 2010 se autorizó el cultivo de la patata transgénica Amflora, pero fue abandonada en 2011.
Durante el debate público que ha precedido a la aprobación de la norma, la ministra de Agricultura, Isabel García Tejerina, ha defendido que "las ventajas de la biotecnología aplicada a la agricultura hacen que su utilización esté cada vez más extendida entre los principales productores mundiales". "La UE no puede continuar permaneciendo al margen", ha resaltado.
A su juicio, la UE cuenta ya con un procedimiento de autorización "modélico en términos de seguridad" pero el constante enfrentamiento entre los Estados miembros "estaba mermando su eficacia y restando credibilidad a los organismos científicos de evaluación de riesgos". La nueva norma permitirá, según la ministra que "la toma de decisiones sea más fluida y mejore el procedimiento de autorización".
"Todos perseguimos un objetivo común, que es proporcionar a nuestros ciudadanos un procedimiento de autorización con los mismos requisitos de seguridad pero más ágil y eficaz", ha dicho García Tejerina.
PROCEDIMIENTO EN DOS FASES
El acuerdo político ha sido posible después de que Reino Unido, Alemania y Francia levantaran las reservas que por distintas razones mantenían desde hacía meses sobre la directiva.Las negociaciones se han desbloqueado tras la fuerte polémica suscitada por el proceso de aprobación para el cultivo del maíz transgénico 1507 de Pioneer. Un total de 19 Estados miembros votaron en contra el pasado mes de febrero y sólo 5, entre ellos España, lo apoyaron. Pero al no lograr ningún bando la mayoría cualificada necesaria, la Comisión está obligada a aprobarlo, aunque aún no lo ha hecho.
El texto de compromiso aprobado por los ministros de Medio Ambiente prevé un procedimiento en dos fases cuando una empresa presente una petición para autorizar el cultivo de un transgénico. Como hasta ahora, la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés) evaluará los riesgos para la salud y el medio ambiente, que hasta ahora eran los únicos motivos reconocidos para prohibir un organismo genéticamente modificado en toda la UE.
En la primera fase del procedimiento, los Estados miembros podrán notificar a la Comisión que desean verse excluidos del campo geográfico en el que se permite el cultivo del transgénico en cuestión. Bruselas negociará en nombre de los países y si la compañía acepta las restricciones, propondrá que el transgénico se autorice únicamente en los países que no se oponen.
Si la empresa rechaza reducir el campo geográfico de su solicitud de autorización, en la segunda fase los Estados miembros informarán a Bruselas de los motivos que pretenden invocar para prohibir el cultivo en su territorio. Estos motivos, que pueden invocarse de forma individual o combinada, deben ser distintos a los que evalúa la EFSA. La directiva prevé una lista abierta, en la que figuran objetivos de política medioambiental o agrícola, la gestión del territorio, la utilización del suelo, el impacto socioeconómico o el orden público.
Una vez que el cultivo del transgénico reciba la autorización de la UE, los Estados miembros en cuestión podrán prohibirlo en su territorio.
De:
http://www.europapress.es/epsocial/politica-social/noticia-amp-ue-28-aprueban-norma-da-libertad-estados-miembros-vetar-cultivo-transgenicos-20140612145055.html
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