lunes, 21 de julio de 2014

Audiencia sobre 12 empresas transnacionales

Por Tribunal Permanente de los Pueblos, 2 de julio de 2014
Violación de los derechos humanos
El día 23 de junio de 2014 se realizó en Ginebra una audiencia del Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP)
El jurado del TPP, conformado por Juan Hernández Zubizarreta (presidente), Roberto Schiattarella, Francesco Martone, Renata Reis y Beverly Keene, consideró doce casos en los sectores de la minería, el petróleo y el agua, presentados por defensores y defensoras de los derechos humanos y representantes de comunidades afectadas por Glencore (Filipinas, Zambia, Perú, República Democrática del Congo, Colombia), Pacific Rim (El Salvador), Lonmin (Sudáfrica), Chevron (Ecuador), Shell (Nigeria), Mekorot (Palestina), Coca-Cola (Colombia) e Hidralia Energía (Guatemala).

El jurado reconoce, en la preparación y presentación de los casos, el esfuerzo de las defensoras y defensores de derechos humanos y representantes de las comunidades y pueblos –así como de la legitimidad de sus resistencias–, con el apoyo de movimientos sociales, organizaciones de la sociedad civil y diferentes redes.
La sentencia del TPP de Madrid, en la que se inspira esta audiencia, constató los enormes daños que frecuentemente causan la apropiación y la explotación económica y social realizadas por las empresas transnacionales (ETN) europeas en América Latina y, en general, el hecho de que su poder no tiene contrapeso jurídico alguno.
La sentencia de Madrid destacó el carácter instrumental de la responsabilidad social empresarial, y además denunció como inmorales e ilícitas:
- las conductas de las ETN;
- las prácticas del modelo capitalista neoliberal, fomentadas por los Estados más industrializados y las instituciones internacionales como el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial, la Organización Mundial del Comercio y la Unión Europea;
- la actitud de los Estados miembros de la UE donde se encuentran las sedes de las empresas mencionadas, por sus políticas de apoyo incondicional a las mismas;
- la actitud de los Estados receptores de las ETN, al establecer marcos legales e institucionales que permiten la violación de los derechos que están obligados a proteger.
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