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En dos sentencias innovadoras, el Tribunal de Justicia de la UE ha declarado ilegal la evaluación de pesticidas por parte de los Estados miembros de la UE. Los fallos ponen fin a la práctica común de ignorar el conocimiento científico reciente y dar prioridad a estudios industriales de décadas de antigüedad. El Tribunal recuerda que los criterios de seguridad para las sustancias activas plaguicidas también se aplican a las formulaciones plaguicidas comerciales. Finalmente, el Tribunal aclara que cada Estado miembro es responsable de sus autorizaciones nacionales y no puede confiar ciegamente en la evaluación científica de otros Estados miembros.
En 2019, PAN Europa presentó tres denuncias ante un tribunal holandés contra la reautorización de Closer (sulfoxaflor), Dagonis (difenoconazol) y Pitcher (fludioxonil). En todos los casos, la agencia holandesa de autorización de plaguicidas (CTGB) no utilizó los conocimientos científicos más actualizados en el marco de la evaluación de riesgos de los plaguicidas. PAN Europa también planteó la cuestión de que la CTGB no tuvo en cuenta las directrices más recientes para evaluar la alteración endocrina o la toxicidad para las abejas. En 2022, el tribunal holandés remitió cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la UE.
Hans Muilerman, coordinador de Productos Químicos de PAN Europa, dice: "El Tribunal de la UE dejó claro que es necesario analizar las formulaciones de pesticidas para determinar sus propiedades de alteración endocrina, no sólo las sustancias activas. Muchos coformulantes tienen propiedades de alteración endocrina, pero a los Estados miembros no les importa y ¡Dejan a los ciudadanos desprotegidos y ahora se ven obligados por el Tribunal de la UE a hacer por fin su trabajo y proteger la salud de los ciudadanos contra los pesticidas que alteran el sistema endocrino!
Martin Dermine, director ejecutivo de PAN Europa, añade: "En cuanto a las decisiones sobre las excepciones a partir de 2023, hemos observado que la Comisión Europea, junto con Grecia y los Países Bajos, ha vuelto a hacer el juego de la industria agroquímica. La Comisión abogaba por no probar los pesticidas formulaciones por sus propiedades de alteración endocrina; esto es un escándalo, ya que la ley es muy clara al respecto los Estados miembros deben tener en cuenta los conocimientos científicos y técnicos más recientes, también en lo que respecta a la alteración endocrina".
Hans Muilerman añade: "El Tribunal también aclaró que, en ausencia de directrices armonizadas, las autoridades reguladoras deben utilizar la ciencia más reciente. En la reaprobación del glifosato de la UE en 2023, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) se negó a proporcionar una evaluación científica del daño. del glifosato sobre la microbiota y la biodiversidad, porque ya es hora de que las agencias reguladoras nacionales y de la UE comiencen a aplicar la ley y protejan a los ciudadanos y el medio ambiente utilizando la amplitud del conocimiento científico disponible sobre la toxicidad de los pesticidas".
Hans Muilerman concluye: "El Tribunal de la UE ha aclarado que los Estados miembros no pueden utilizar ciegamente la evaluación científica realizada por otros Estados miembros. En particular, deben garantizar que se tengan en cuenta los conocimientos científicos y técnicos más actualizados, que normalmente no es el caso."
Las sentencias también hacen referencia a una cláusula importante de la sentencia de enero de 2023 sobre derogaciones para pesticidas prohibidos. La protección de la salud humana y animal y del medio ambiente "debe tener prioridad" sobre la mejora del cultivo de plantas.
“A este respecto (...) el Tribunal ya ha dictaminado que las normas de autorización para la comercialización de productos fitosanitarios deben garantizar un alto nivel de protección y que cuando se conceden dichas autorizaciones, la protección de la salud humana y animal y del medio ambiente "deben tener prioridad" sobre la mejora de los cultivos (sentencia de 19 de enero de 2023, Pesticide Action Network Europe y otros, C-162/21, EU:C:2023:30, apartado 48 y jurisprudencia citada allá). (consideración 90)
El tribunal también recuerda a las autoridades el importante principio de precaución: “Cabe recordar también que (....) las disposiciones de este reglamento se basan en el principio de precaución, con el fin de garantizar que las sustancias activas o productos comercializados no afecten negativamente a la salud humana”. (consideración 94)
Lea las sentencias: C-308/22, C-309/22 y C310/22(en francés y holandés)
Contacto: Hans Muilerman, hans@pan-europe.info , +31 6 55 80 72 55
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